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Cuando tu espalda está contra la pared

SSDI para viudas y viudos en Carolina del Norte

Cómo cobrar los beneficios de SSDI de un cónyuge fallecido

Si usted es el cónyuge de alguien que estaba recibiendo beneficios del Seguro de Incapacidad del Seguro Social (SSDI) antes de fallecer, puede continuar recibiendo esos beneficios. Las regulaciones sobre cuándo y cómo una viuda o viudo puede cobrar los beneficios de SSDI de un cónyuge fallecido pueden ser complejas y confusas. Debido a esto, es una buena idea que hable con un abogado con experiencia en discapacidad del Seguro Social que pueda ayudarlo a comprender y proteger sus derechos legales.

En Lanier Law Group, podemos revisar su situación y determinar si usted es elegible para continuar recibiendo los beneficios de SSDI de su cónyuge fallecido. Tenemos múltiples ubicaciones de oficinas en todo el estado para brindarle un mejor servicio.

Contáctenos en línea o llame al 919-342-1368 para una consulta gratuita sobre los beneficios de SSDI para viudas/viudos en Carolina del Norte.

Determinación de su elegibilidad para recibir beneficios

En Lanier Law Group, tenemos una amplia experiencia ayudando a clientes con asuntos de discapacidad del Seguro Social y Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) relacionados con niños discapacitados y familiares sobrevivientes, así como con reclamos por discapacidad para personas mayores de 50 años. A lo largo de los años, hemos adquirido un conocimiento sustancial sobre los procesos involucrados.

Si usted se encuentra en una de las siguientes categorías, puede recibir los beneficios que recibía su esposo o esposa fallecido:

  • Si tiene una discapacidad que comenzó antes de que su cónyuge falleciera o dentro de los 7 años posteriores a su muerte, y tiene 50 años o más, puede recibir el 71.5 por ciento de los beneficios de SSDI de su esposo o esposa fallecido.
  • Si tiene 60 años o más, pero aún no ha alcanzado la edad de jubilación completa, puede recibir entre el 71.5 y el 99 por ciento de los beneficios de SSDI de su cónyuge fallecido.
  • Si usted está en la plena edad de jubilación o más, puede recibir el 100 por ciento de los beneficios de SSDI de su cónyuge fallecido.

Si se vuelve a casar antes de los 60 años, no es elegible para recibir beneficios por discapacidad del Seguro Social como cónyuge sobreviviente. Con algunas excepciones, debe haberse casado con su cónyuge al menos nueve meses antes de su muerte para calificar para un porcentaje de sus beneficios de SSD.

Obtenga una consulta inicial gratuita

Entendemos que perder a su cónyuge es traumático. También entendemos que puede causar serios problemas financieros. Nuestros abogados experimentados y compasivos pueden revisar minuciosamente su caso y determinar si usted es elegible para continuar recibiendo los beneficios de SSD de su cónyuge.

Hemos estado sirviendo con orgullo a clientes en todo el estado desde 1997; comprendemos las complejidades de la ley de SSD y podemos ayudarlo a navegar por el sistema. Nuestros abogados de discapacidad del Seguro Social de Carolina del Norte brindan asesoramiento legal personalizado y defensa incansable de principio a fin. No hay costos iniciales cuando trabaja con nosotros y, en el improbable caso de que no tengamos éxito en su caso, no paga.

Solicite su consulta inicial gratuita hoy llamando al 919-342-1368 o comunicándose con nosotros en línea. Se habla español.

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